Agiliza Aumenta tu Dinero

Recupera tus impuestos del SRI

¿Sabías que puedes recuperar tus impuestos con el Servicio de Rentas Internas (SRI)?

¿Qué hacemos?

Estudiamos

Verificamos si tienes valor a recuperar

Nuestros expertos revisarán tus declaraciones y determinarán si tienes derecho a devolución.
realizamos

Te asesoramos en tu pedido de devolución

Nuestros expertos te asesorarán ante el SRI en tu devolución en nota de crédito o dinero en efectivo.
devoluciones

Devolución garantizada

Realizaremos nuestro mayor esfuerzo en obtener del SRI la cantidad a la que tienes derecho.

Pasos

Regístrate en cuatro simples pasos:

paso 1

Completa tu orden

Uno de nuestros asesores se contactará contigo y determinará tu valor a exigir al SRI.
paso 2

Danos tu información y firma la solicitud

Tu asesor designado te solicitará información como tu RUC, además te pedirá que firmes la solicitud.
paso 3

Relájate y espera

Tu asesor ingresará el trámite y estaremos pendientes de la resolución de acreditación.
paso 4

Recibe tu dinero

Recibe tu dinero en tu cuenta bancaria, si prefieres nota de crédito, te ayudamos a negociarla.
tramites

Consulta Devoluciones

¡Inmediatamente te asignaremos un funcionario experto que te guiará en el proceso de recuperar tu dinero!
Gratis Selecciona: ¿Cómo deseas contactarnos por tu consulta?

¿Qué opinan nuestros clientes?

No conocía que tenía derecho a que el SRI me devuelva dinero, pues mi anterior contador no me lo había mencionado, han sido 200 dólares que me han caído del cielo!

Alba F.

Nuestra mejor carta de presentación

Agiliza Clientes Satisfechos
+400

Clientes satisfechos

Agiliza Calendario
11Años

En el mercado

Agiliza Devolución de Dinero
40M

Dólares en devoluciones

Agiliza Trámites
+30

Devoluciones al mes

Preguntas frecuentes

La devolución se da cuando no existiese Impuesto a la Renta causado o si el Impuesto Causado fuere inferior al anticipo pagado más las retenciones, en ese caso el contribuyente tendrá derecho a presentar un Reclamo de Pago Indebido o una solicitud de Pago en Exceso.

La Administración Tributaria tiene un plazo de 120 días hábiles para la devolución.

La acreditación del valor podrá ser a la cuenta bancaria del contribuyente o mediante una nota de crédito desmaterializada.

Contacto

Prestamos servicios a nivel nacional, nuestros trámites son digitales, si llegaremos a necesitar tu firma, te asesoramos y realizamos el trámite de obtención de tu firma electrónica